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domingo, 20 de octubre de 2013

Vertido de Fósforo: UPM, río Gualeguaychú y río Uruguay (Parte III)

Resumen: Se muestra, a partir de los caudales promedio del Río Gualeguaychú y de UPM, que el primero emite 120 veces más fósforo al río Uruguay y que, en condiciones de bajo caudal para el último, el río Gualeguaychú efectivamente contamina el río Uruguay provocando una mayor frecuencia de aparición de las floraciones algales.

Río Gualeguaychú, foto del diario El Día

Ya hablamos en la parte (I) de este trabajo acerca de la cantidad de fósforo presente en el río Uruguay. Y, en la parte (II), hablamos del vertido de fósforo de UPM. Esta vez, en la parte (III) hablaremos de los vertidos del río Gualeguaychú.

Nótese como introducción, que hay dos formas de considerar el río. Una de ellas es como cuerpo de aguas superficiales, cuya calidad debe ser asegurada en base a un conjunto de disposiciones jurídicas acordes con el conocimiento técnico pertinente. Y esto le concierne a Argentina. Pero hay una segunda forma, que es considerar al río afluente del Uruguay como un efluente. La razón para esto se encuentra en las disposiciones del Estatuto y el Digesto. En el primero leemos:

Art. 35. — Las partes se obligan a adoptar las medidas necesarias a fin de que el manejo del suelo y de los bosques, la utilización de las aguas subterráneas y la de los afluentes del río, no causen una alteración que perjudique sensiblemente el régimen del mismo o la calidad de sus aguas.

Esto implica que las partes (Uruguay y Argentina) se obligan a controlar y monitorear la calidad de las aguas de los afluentes al río Uruguay que estén en su jurisdicción, de forma que no afecten la calidad de las aguas de este último. Por otra parte, el Digesto en su Capítulo V dice:

Art. 2°) A todos los efectos del presente Capítulo, los afluentes del Río. en lo referente a la calidad de sus aguas, en su desembocadura, serán considerados como efluentes.

Poca duda puede quedar entonces de la obligación argentina y de la CARU de controlar el río Gualeguaychú, como de hecho fue acordado entre las Cancillerías (el texto completo del acuerdo puede consultarse acá, en especial el capítulo 4. Monitoreo de la desembocadura del Río Gualeguaychú en el Río Uruguay)

Esta no es la primera vez que hablamos de la contaminación en los ríos de la provincia de Entre Ríos. En el artìculo de 2011, Contaminación entrerriana, se siguen cayendo las máscaras exploramos los efluentes de UPM comparándolos con algunos datos de los ríos Gualeguay (otro río de la provincia que no desemboca en el río Uruguay) y Gualeguaychú, y conseguimos construir la siguiente tabla.

En ella lo que se muestran fueron los pocos parámetros que en ese momento teníamos disponibles para Entre Ríos, en particular para la planta de tratamiento de aguas servidas de Gualeguaychú. Como se ve, la cantidad de sustancia orgánica biodegradable (indicada por el DBO) así como la carga total volcada a los ríos, son mayores en el caso de la planta de tratamiento de Gualeguaychú que en UPM. Como el Gualeguaychú es un río mucho más chico que el río Uruguay, la posibilidad de contaminación del mismo está latente.

En otro artículo que le dedicamos al Pargue Industrial de Gualeguaychú (PIG), Haciéndose el chancho rengo, hicimos un análisis, en base a sus propios datos, del funcionamiento de su planta de tratamiento de efluentes. En este caso, el único parámetro que pudimos comparar fue el DBO y encontramos la siguiente tabla



Otro artículo posterior, El código Da Pinci, Nuevamente obtenemos un alerta sobre lo que pasa en el río Gualeguaychú, que recibe una carga de DBO 6 veces superior a lo que indican sus propias reglamentaciones. Es de esperar entonces que el río Gualeguaychú esté bastante contaminado y que esa contminación termine reflejándose en el río Uruguay donde vierte sus aguas. Para poder hacer este análisis nos faltaba información acerca del caudal de agua que transporta el río Gualeguaychú.

Gracias a nuestros amigos de Código País, les presento abajo algunos de los cuadros del video que hicimos en 2010 cuando viajamos a conocer el recorrido de los efluentes del dichoso PIG. Se las dejo debajo, sin muchos comentarios, como para que vean que lindos que son los efluentes, dónde se tiran y la comparación con el río Uruguay donde tira sus efluentes UPM. La explicación completa está en el video que vinculé en este mismo párrafo.

Visitamos con Gabriela Santini la planta de tratamiento del PIG. En estas imágenes se ve lo pequeñas que son las piletas de aireación (los rectangulitos en la parte inferior de la última foto.

El desagüe de los efluentes del PIG va a una cañadita, la cañada Melgar, que luego desemboca en el Gualeyán y este en el Gualeguaychú. Es probable que los mismos gualeguaychuenses no sean conscientes de lo que transporta esa cañada. Para llegar a ella tuvimos que circular por un camino de vacas y embarrarnos bastante (mis zapatos quedaron irrecuperables).



Finalmente, compárense en estas dos fotos los cursos de agua a que van a parar los afluentes del PIG y los afluentes de UPM. La diferencia parece bastante obvia

Dedicamos un par de artículos al tema anterior. En particular, nos interesaba saber si los vertidos contaminantes en el río Gualeguaychú afectaban al río Uruguay. Para eso era necesario conocer el caudal del río. En el artículo Cuando el río suena, agua lleva, intenté un primer análisis calculando el caudal en base a consideraciones de la cuenca, la geografía de Gualeguaychú y el punto de medida. Los resultados arrojaron un caudal de 75-120 m3/s en la desembocadura. En el artículo posterior No contaminarás... y disfrutarás la playa, fijaba en 81 m3/s el valor promedio más probable para la desembocadura del Gualeguaychú.

Por suerte ahora, con el conocimiento de los datos del Comité Científico, podemos tener información más precisa. Los números oficiales aportados por los científicos establecen un caudal promedio en todas las mediciones de 156.1 m3/s, con un máximo de 897,5 m3/s. El promedio de los últimos 12 meses, que es el que consideraremos, fue de 241,8 m3/s unas cuatro veces superior al mejor valor que habíamos podido estimar antes. Podemos entonces hacer ahora los mismos cálculos que hicimos para UPM

Vertido promedio al río Uruguay = 0,27 mg/L x 241.800 L/s =  65.286 mg/s = 5.640,7 Kg/día

En resumen, mientras que UPM vierte 47 Kg/día al río Uruguay, el río Gualeguaychú vierte 5641 Kg/dia, es decir 120 veces más que UPM. La altura moral de los gualeguaychuenses para acusar a los uruguayos se desvanece rápidamente ante la constatación de que por cada quilo que vierten los uruguayos, el Gualeguaychú vierte 120 quilos más. De cualqluier forma, ese no es un argumento válido para contaminar, si es que algo contaminara.

Veamos ahora por separado el aspecto de la contaminación del río Gualeguaychú. Nos podemos plantear tres problemas:

  1. ¿El río Gualeguaychú cumple con los parámetros internos argentinos sobre calidad de aguas superficiales?
  2. ¿El río Gualeguaychú cumple con las exigencias uruguayas o de la CARU para la calidad de aguas de los ríos uruguayos o el río Uruguay?
  3. Esté o no contaminado el río Gualeguaychú ¿es suficiente la carga que vierte como efluente como para contaminar el río Uruguay?

Para contestar el primer punto podemos recurrir a la Secretaría de Ambiente de la Gobernación de Entre Ríos. Se ve claramente ahí que existe un plan de monitoreo para el río Gualeguay, pero no así para el río Gualeguaychú. Además, si se mira en Normativas Provinciales en dicho sitio, se encuentra la Ley de Aguas de Entre Ríos y la Ley de Efluentes y sus Decretos complementarios. Las consideraremos en lo que siguen.

Analizando la Ley de Aguas, se ve que no existe ninguna regulación acerca de la calidad de las aguas de la Provincia o parámetro alguno que deba cumplirse según el uso que se les dará. Existe también una Ley de Cuencas que tampoco trae la mínima información en este aspecto. Y, finalmente, un Decreto Nº2235 SEOYSP donde, finalmente, encontramos valores límite para las sustancias químicas y efectos físicos potencialmente contaminantes.

Este decreto tiene solo dos partes, una que se refiere a la calidad del agua potable (sin diferenciar, como lo hace el decreto uruguayo o la CARU distintas calidades de agua según su uso). La otra parte se refiere a los vertidos cloacales a cursos de agua. Consiguientemente, no existe en Entre Ríos ninguna normativa respecto a los parámetros que deben utilizarse para juzgar la calidad de agua del río Gualeguaychú. Obviamente no puede cumplirse o dejar de cumplirse lo que no está legislado. A tal punto hace falta esa legislación que en el mismo sitio, en el dedicado al Monitoreo del río Gualeguay, segundo en importancia en toda la provincia, cuando se desea calcular si el oxígeno disuelto (u otros parámetros) cumple o no con requisitos razonables de calidad de aguas, se lo compara con la CARU. Véase en el informe 2. Oxígeno Disuelto, cuando dice "Según CARU, uso 4:aguas destinadas a la conservación y desarrollo de la vida acuática, el nivel guía es 5,6mg/L como mínimo". Esto es que ellos reconocen explícitamente en su normativa: que, al no tener estándares propios, deberían aplicarse los estándares de calidad de agua del río Uruguay.

Hagamos entonces el siguiente ejercicio. Comparemos el registro promedio en la concentración de fósforo en el río Gualeguaychú (0,27 mg/l) con el establecido en eñ Decreto Uruguayo 253/79 para las aguas Clase 1 (Aguas destinadas o que puedan ser destinadas al abastecimiento de agua potable a poblaciones con tratamiento convencional, ya que del río Gualeguaychú se extrae el agua para pobtener el agua potable de Gualeguaychú) que es 0,025 mg/l o el presente en el Digesto de la CARU. Lo curioso es que el Digesto de la CARU no establece ningún valor límite para el fósforo por lo que debe aplicarse el uruguayo, al ser más estricto. Esto es tan así que el propio documento de los científicos argentinos con que Timerman nos acusa para llevarnos a La Haya, establece como parámetro de calidad de agua referido al fósforo el valor uruguayo del decreto 253/79.

La ridiculez de la acusación de Timerman se ve en el hecho de que aplica a los efluentes los parámetros de calidad de agua (primer error), atribuye esos límites a proteger la calidad de agua del río Uruguay segúrn los parámetros de la CARU (segundo error, porque el límite no existe), y elige finalemnte el parámetro uruguayo porque en este aspecto es el único que existe. (¡!). Cualquiera con dos dedos de frente entiende qu esi Uruguay decide en bases adecuadas que quiere cambiar ese límite a 10 mg/L, por ejemplo, puede hacerlo sin problemas, porque es el ÚNICO que le pone límites al Fósforo.

De más está decir que la concentración de fósforo en el río Gualeguaychú (de acuerdo a lo determinado por científicos independientes en los laboratorios canadienses) es muy superior al límite autorizado. Veamos los datos en conjunto en una tabla.


Repasemos los datos. Tanto el río Gualeguaychú como el río Uruguay incumplen con el límite superior uruguayo para la concentración de fósforo en Aguas de clase I. Se usan los parámetros uruguayos porque son los aplicables al no existir otros. Por el contrario, cuando el Gualeguaychú se considera como efluente, al igual que el de UPM, entonces si cumple con el límite establecido por Dinama para efluentes, lo mismo que hace UPM. Distinto es el tema cuando se considera la carga total. El río Gualeguaychú arroja 120 veces más fósforo al río Uruguay que UPM. Mientras UPM no modifica lo preexistente en el río más que en un 1.3%, el río Gualeguaychú lo modifica en un 163%, es decir, agrega más de una vez y media el contenido de fósforo que tenía el rió antes de pasar por la desembocadura del Gualeguaychú.

La conclusión obvia, respecto al fósforo, es que el río Uruguay, en condiciones de bajo caudal (el más desfavorable) no sufre contaminación alguna por UPM, pero sí la sufre, y grave, por el Rio Gualeguaychú. Tal vez por eso, las alertas sobre floraciones algales se dan más en el margen derecho (Argentina) que el izquierdo (Uruguay). Ver, por ejemplo, este informe.


viernes, 18 de octubre de 2013

Vertido de Fósforo: UPM, río Gualeguaychú y río Uruguay (Parte II)

Mostrábamos en la primera parte de este estudio que ell alto contenido de fósforo en el río Uruguay es histórico y que cuando existen fuentes puntuales de contaminación, como en el caso del caño colector de Fray Bentos, esa contaminación se diluye rápidamente. 

En el artículo nos planteábamos también las siguientes interrogantes:
  1. ¿Qué es el fósforo y cuál es su presencia en el medio y su importancia global?
  2. ¿Cuál es la concentración de fósforo preexistente en el río Uruguay?
  3. ¿Cuánto fósforo vierte por día UPM y cuál es el significado?
  4. ¿Infringe UPM la normativa uruguaya?
  5. ¿Cuánto fósforo vierte por día el río Gualeguaychú y cuál es el significado?
  6. ¿Infringe el río Gualeguaychú la normativa entrerriana?
  7. ¿Causa alguno de los dos vertidos contaminación en el río Uruguay? 
Ya contestamos las primeras dos dos preguntas y en este artículo intentaremos avanzar sobre las siguientes dos, cuanto fósforo vierte por día UPM al río, cuál es su significado y si UPM infringe o no la normativa uruguaya en la materia. Lo referido específicamente a "contaminación" lo veremos más adelante.


Para ver cuanto P tira al río UPM podemos recurrir al informe del Comité Científico. Ellos reportaron que el promedio de concentración de fósforo en el efluente en los últimos 12 meses fue 0,74 miligramos por litro (mg/L). A su vez, el máximo en ese período fue 2,06 mg/L. También nos informan que el caudal de efluente vertido fue de 689,2 litros por segundo (L/s) en promedio y llegó a un máximo de 838,0 L/s en los más de dos años estudiados. La multiplicación de la concentración media de fósforo en el efluente por el valor medio del caudal, nos da el vertido medio al río en un segundo. Tendremos

Vertido promedio al río = 0,79 mg/L x 689,2 L/s = 544,5 mg/s = 47.0 Kg/día

Para tener una idea del máximo posible que podría haber tirado, podemos multiplicar la concentración máxima observada por el caudal máximo observado, de tal forma que estemos en la peor situación posible:

Vertido máximo posible al río = 2,09 mg/L x 838,0 L/s = 1751,4 mg/s = 151,3 Kg/día
Esto solo funciona como un límite superior irrebasable, dado que esos máximos se observaron en contadas circunstancias. El valor real es mucho más próximo al 44,1 Kg/día que reportamos antes. 

Veamos qué significa eso desde dos puntos de vista, uno el de las reglamentaciones aplicables y otro el del significado del vertido en el contexto del río. Empezando por lo primero, vemos que en la autorización ambiental previa (Resolución Ministerial 63/2005) basada en un informe previo de la Dinama, se establece como único parámetro de control la concentración de fósforo total, de acuerdo a los límites impuestos por el decreto 253/79 que establece en la pág. 7 que la misma debe ser como máximo de 5 mg/L. Vemos que tanto el promedio (0,76 mg/L) como el máximo de la medida (2,06 mg/L) están por debajo de la concentración autorizada para su concentración en el efluente de la planta. Aquí debe reportarse que la acusación argentina de que "el efluente superó el máximo de 0,025 miligramos de fósforo por litro" es simplemente errónea. Ese límite rige para la calidad de las aguas del río, no para los efluentes (si uno mira el Digesto que reglamenta el Estatuto del Río Uruguay ve que tiene un TEMA E3, TITULO 2, CAPITULO 4, CLASIFICACION DE LAS AGUAS ESTANDARES DE CALIDAD DE LAS AGUAS que es obviamente el que se aplica a la calidad del agua del Río Uruguay y un TEMA E3, TITULO 2, CAPITULO 5, CONDICIONES DE LOS EFLUENTES que claramente se refiere a las condiciones que deben cumplir los efluentes que se vierten al río). 

Por si a alguien le queda dudas del "error" que comete el Canciller argentino, les transcribo el primer artículo del Digesto respecto a los efluentes


Art. 1°) Cada Parte dictará las normas a las que deberán ajustarse los efluentes, que puedan acceder al Río, provenientes de actividades desarrolladas en su jurisdicción. En dichas regulaciones, las Partes tomarán en consideración los estándares de calidad de las aguas incorporados en el Capítulo 4 del presente Título.

Queda claro entonces que no hay ningún incumplimiento de UPM o Uruguay desde el punto de vista legal respecto a esa norma.

Aunque mucha gente lo menciona, poca gente sabe que la Dinama impuso limitaciones adicionales a la producción, en una resolución de Julio del 2007 que lleva la firma de su entonces directora, Ing. Agr. Alicia Torres.  La resolución fija el mismo permiso del Decreto 253/79 para la concentración de fósforo en el efluente, 5 mg/L, pero, además, fija límites de carga promedio anual máxima permitida de 0,02 Kg de fósforo por tonelada de celulosa seca producida y carga promedio mensual máxima permitida de 74 Kg por día. Es a este límite el que se refiere la Dinama en su informe cuando dice:

Para el parámetro fósforo hubo una superación del límite máximo permitido para carga promedio mensual (ton/día) con un valor de 0.076 ton/día siendo el límite de 0.074 ton/día en noviembre 2012. (ver Control de Emisiones y Desempeño Ambiental de Operación de UPM Período: Noviembre 2012- Junio 2013)

Veamos, en segundo lugar, qué significa el vertido de UPM en el contexto del río Uruguay. En un artículo anterior (Cartas a Eufemia (II) El difusor oculto) discutí detalladamente el tema del difusor, discusión que no voy a repetir aquí. Me interesa rescatar de aquel artículo la figura que se encuentra a la izquierda y que representa la historia de los caudales del río. Se observa que entre 1980 y 2003 (un tiempo que puede considerarse suficientemente representativo) el río Uruguay tiene un caudal superior a 1.000 m3/s el 95% del tiempo, ya que en casos extremos puede variar entre 500 y 22.000 m3/s. 

De la gráfica ya presentada en el artículo anterior, sabemos que el promedio de contenido en fósforo en el río Uruguay de acuerdo a la línea de base (es decir, antes de que UPM operara) fue de entre 0,04 y 0,06 mg/L. Tomemos el límite más bajo (el más desfavorable para el argumento) para hacer los siguientes cálculos. 

Si tenemos un caudal de 1.000.000 L/s y lo multiplicamos por la concentración de 0,04 mg/L, obtenemos que en cada segundo el río Uruguay transporta 40.000 miligramos de fósforo, es decir, 40 gramos. Esto significa 3.456 kilos de fósforo por día en cualquier punto, en particular el de descarga de UPM. Como vimos arriba, agrega por día, en el punto en que circulan esos 3.456 Kg, la cantidad de 47,0 Kg. La variación porcentual es entonces (3456+44.1)/3456 - 1 = 1.3%.

Es decir que, en las condiciones más desfavorables posibles, el vertido de fósforo por UPM en el río no afecta más que un 1.3% las condiciones naturales del mismo. Podemos preguntarnos si eso produce algún efecto nocivo, pero eso lo dejaremos para el próximo artículo.