viernes, 16 de abril de 2010

En la dulce espera...



Como dice Gus en un comentario en la nota anterior, estamos en la dulce espera. De acuerdo a lo publicado en Infobae, por ejemplo, 

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) dará a conocer el martes su fallo sobre la construcción en Uruguay de una pastera en un río fronterizo con Argentina, un diferendo medioambiental que ha contaminado las relaciones entre los dos países rioplatenses en el último lustro.
Como les comenté ya, un racconto razonablemente preciso del conflicto (aunque con omisiones y ligeras desviaciones de lo que considero históricamente demostrable) acaba de ser publicado aquí en un artículo de Radio El Espectador. En este sitio hemos escrito miles de líneas, y en los blogs de Alejandro, Re-polente, Mario Féliz, El Ojo de la Razón, Noalaspapeleras, Bustismos y otros cuantos se han escrito probablemente decenas de miles de líneas sobre este tema en los últimos 5 años al menos, para no recordar las discusiones previas en los foros de El País, La República, Montevideo.com, La Nación, Taringa, etc, etc...

Ahora sólo nos queda esperar y velar las armas sobre este fin de semana largo (si serán considerados en la CIJ que el fallo lo anuncian el martes, para no interferir con el feriado uruguayo del lunes). Recordemos simplemente lo que se pide.

Si nos fijamos en lo medular, Argentina reclamó que

"por todas las razones descriptas en su Memoria, en su respuesta y en el juicio oral, que los respalda plenamente, solicita a la Corte Internacional de Justicia:


  • Tanto la construcción de ENCE como la construcción y puesta en funcionamiento de Botnia y sus instalaciones asociadas en la margen izquierda del río Uruguay, “han violado las obligaciones que le incumben en virtud del Estatuto del río Uruguay, de 26 de febrero de 1975 y han comprometido su responsabilidad internacional”. 
  • que falle y declare que, como resultado, la República Oriental del Uruguay deberá:
  • A) Reanudar el cumplimiento estricto de sus obligaciones en virtud del Estatuto del río Uruguay, de 1975.
  • B) Cesar de inmediato los hechos internacionalmente ilícitos por los que ha comprometido su responsabilidad.
  • C) Restablecer en el suelo y en términos jurídicos la situación que existía antes de que estos hechos internacionalmente ilícitos se cometieron.
  • D) Pagar una indemnización a la República Argentina por los daños causados por esos actos internacionalmente ilícitos, de un importe que será determinado por el Tribunal en una etapa ulterior del procedimiento.
  • E) Que Uruguay ofrezca suficientes garantías de que se abstenga en el futuro de la prevención del Estatuto del Río Uruguay de 1975 del que se aplica, en particular, el procedimiento de consulta establecido por el Capítulo II de este Tratado”.
 Por su parte, Uruguay fue un tanto más conciso, limitándose a solicitar.
“Sobre la base de los hechos y argumentos expuestos en contra de Uruguay-Memorial, dúplica y en el juicio oral, las solicitudes de Uruguay es que la Corte falle y declare que las reivindicaciones de la Argentina son rechazadas, y el derecho de Uruguay para mantener en funcionamiento la planta de Botnia es de conformidad con las disposiciones del Estatuto de 1975”.
 El fallo será único, pero desde Argentina la Embajadora Cerutti lo ve de esta forma y desde Uruguay el ex-Canciller Opertti lo ve de esta forma (y modestamente yo lo veía así).

¿Quién tendrá razón?

Son como mellizos, pero es que... ¡hay cada mellizos! Nos vemos el martes.



P.S. Una noticia de último momento es que quizá la sentencia se lea in absentia. Me acaban de confirmar que posiblemente los aeropuertos europeos no abran hasta el martes, debido a las cenizas del volcán islandés. Quizá no sea así, pero si lo es va a estar bravo para las delegaciones rioplatenses.